Todo lo que debes saber sobre el Plan Moves III

15 | 03 | 2023

Resolvemos todas las dudas acerca del Plan Moves III, las subvenciones con las que pasarse a la movilidad eléctrica será más sencillo y económico. Qué es, quién lo puede solicitar, a cuánto ascienden las ayudas… 

La movilidad eléctrica ya es el presente, la Unión Europea ha aprobado recientemente la normativa de Cero Emisiones para 2035, por lo que a partir de este año se prohibirá la venta de cualquier tipo de vehículo de combustión, incluidos los híbridos.

Los datos lo demuestran, tal y como vimos en el balance del pasado 2022, el número de vehículos totalmente eléctrico matriculados en nuestro país aumentó exponencialmente asentándose en el mercado de la movilidad. Uno de los grandes motivos que explican este crecimiento son las nuevas regulaciones que facilitan y posibilitan la perfecta conducción de un vehículo eléctrico por las carreteras de nuestro país, además de las subvenciones y facilidades de las que disponen los compradores.

Sabemos que supone una gran inversión inicial el adquirir un vehículo eléctrico o el invertir en un punto de carga para tu residencia o empresa. Por eso te explicamos todo acerca del Plan Moves III, las subvenciones con las que podrás ahorrar hasta un 70% del coste de la instalación.

¿Qué es el Plan Moves III?

El Plan Moves III es un programa de ayudas y subvenciones habilitado por el Gobierno de España con el objetivo de incentivar la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga en hogares, empresas y sitios públicos.

Este plan se inició en 2021 con un presupuesto de 400 millones de euros ampliables, se podrá solicitar hasta diciembre de 2023. Dicha ayuda se gestionará individualmente por cada comunidad autónoma, en el caso de Galicia, el Gobierno dotó a la comunidad con 22.775.753 millones de euros iniciales.

La principal finalidad de este Plan, se corresponde con alcanzar los ya matriculados 250.000 vehículos eléctricos y los 100.000 puntos de recarga instalados. El siguiente objetivo será conseguir los 5 millones de vehículos matriculados con cero emisiones en 2030.

Entre las medidas que contempla el Plan Moves III se encuentran:

  • Ayudas en la compra de vehículos eléctricos, híbridos enchufables, gas o hidrógeno.
  • Subvenciones para la instalación de puntos de recarga en garajes privados y comunitarios, así como en estacionamientos públicos y empresas.
  • Ayudas para la retirada de vehículos antiguos y la sustitución por modelos más eficientes y menos contaminantes.
  • Incentivos para la movilidad eléctrica compartida, como la renovación de flotas de vehículos comerciales o el fomento del uso de vehículos eléctricos en servicios públicos.

 

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas físicas que desarrollen actividades económicas.
  • Personas físicas.
  • Comunidades de propietarios.
  • Personas jurídicas y entidades con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. Incluyendo entidades de conservación de polígonos o sociedades agrarias de transformación cuyo NIF comience por V.
  • Entidades locales y sector público institucional de cualquier Administración Pública.

 

Actividades financiadas

Como ya dijimos, las subvenciones del Plan Moves III contemplan dos ámbitos de actuación:

  • Adquisición de vehículos eléctricos e híbridos.
  • Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Si decides instalar un punto de recarga para tu vehículo eléctrico con nosotros, sea para tu vivienda o empresa, nos encargaremos de solicitar y tramitar las subvenciones por ti.

 

¿Qué financia el Plan Moves III?

Las subvenciones cubren los siguientes conceptos de gastos para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos:

Las infraestructuras de recarga por modalidad de adquisición directa, podrá ser tanto de acceso público como privado. En el caso de las comunidades de vecinos, también será objeto de subvención la preinstalación eléctrica y del servicio de comunicaciones necesario para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada del vehículo eléctrico.

Por lo tanto, se consideran subvencionables los costes derivados del punto de recarga como las protecciones, la legalización, instalación y puesta en marcha, la obra civil, los costes derivados de la ingeniería y dirección de la obra…

 

¿Tengo que instalar un punto de recarga en concreto?

Para poder optar a las subvenciones del Plan Moves III, tu punto de recarga podrá ser de cualquier tipo y potencia. Siempre que esté destinado a los siguientes usos:

  • Instalación de puntos de recarga residenciales de uso privado
  • Instalación de puntos de recarga de uso público en aparcamientos, hoteles, centros comerciales, centros educativos, supermercados…
  • Instalación de puntos de recarga en empresas privada y públicas para el uso de los trabajadores o de la propia flota de vehículos
  • Instalación de puntos de recarga en vía pública para uso público
  • Instalación de puntos de recarga en estaciones de servicio y gasolineras para uso público

 

¿Cuánto me pueden subvencionar por la instalación de mi punto de recarga?

A continuación, te dejamos una tabla que muestra el porcentaje de ayuda a la que en un supuesto podrías optar según criterios como el tipo de entidad, su uso o la potencia de carga:

 

Ayudas Plan Moves III

Importe del coste subvencionable según diferentes criterios.
Elaboración propia. Fuente: idae.es

 

Como vemos, los costes subvencionables a las instalaciones de puntos de recarga podrán variar, llegando a contar con una ayuda de hasta un 80% del coste total en el caso de particulares, comunidades de vecinos y autónomos sin actividad económica que residan en municipios de menos de 5.000 habitantes.

En el caso de empresas privadas o públicas con acceso público y con instalaciones de más de 50Kw, podrán optar hasta un 60% si es una pequeña empresa, 50% si es una mediana empresa o un 40% del coste subvencionable si es una gran empresa. Por último, aquellas empresas privadas o públicas con acceso público o privado y con puntos de recarga de menos de 50Kw, podrán optar a una ayuda de hasta un 40% del coste subvencionable.

Otros aspectos que debes de tener en cuenta es que, en el caso de las empresas o entidades públicas con actividad económica, será necesario realizar la solicitud de ayuda a las subvenciones antes de la realización de dicha instalación.

 

 

 

 

 

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